¿Cuándo se precisa proyecto?
REAL DECRETO 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
Artículo 13. Proyecto de las líneas.
Será obligatoria la presentación de proyecto suscrito por técnico titulado competente y visado por el colegio oficial correspondiente, para la realización de toda clase de Iíneas de alta tensión, a que se refiere este reglamento.
Nota: Siempre es necesario estudiar cada proyecto en concreto.
Tenga en cuenta que la normativa aquí mostrada puede no estar actualizada en el momento de su consulta, estar incompleta, o su proyecto regirse por otras normativas específicas diferentes, además de las autonómicas y municipales.