¿Cuándo se precisa proyecto?
La elaboración de un proyecto siempre es aconsejable, además cuando la obra alcanza una cierta entidad es preceptivo, citamos a modo exclusivamente orientativo algunos extractos de normativa que ilustran esta afirmación y pueden serle útil.
- Varía de unas localidades a otras, pero el antiguo DECRETO 2414/1961, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS (Derogado), puede darnos una buena orientación:
- A modo de ejemplo en el Ayuntamiento de Madrid, podemos ver (www.munimadrid.es):
ORDENANZA MUNICIPAL DE TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
Nota: Siempre es necesario estudiar cada proyecto en concreto.
Tenga en cuenta que la normativa aquí mostrada puede no estar actualizada en el momento de su consulta, estar incompleta, o su proyecto regirse por otras normativas específicas diferentes, además de las autonómicas y municipales.