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¿Cuándo se precisa proyecto?

La elaboración de un proyecto siempre es aconsejable, además cuando la obra alcanza una cierta entidad es preceptivo, citamos a modo exclusivamente orientativo algunos extractos de normativa que ilustran esta afirmación y pueden serle útil.

DECRETO 2414/1961, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ACTIVIDADES MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS  (Derogado)

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ORDENANZA MUNICIPAL DE TRAMITACIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS

Nota: Siempre es necesario estudiar cada proyecto en concreto.

Tenga en cuenta que la normativa aquí mostrada puede no estar actualizada en el momento de su consulta, estar incompleta, o su proyecto regirse por otras normativas específicas diferentes,  además de las autonómicas y municipales. 

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